Hoy miércoles 28 de octubre se dio un gran paso desde el punto de vista de la descentralización del país, al publicarse la Ley 20.390 de Reforma Constitucional en materia de Gobierno y Administración Regional. Esta ley permite, entre otras cosas, que los consejeros regionales sean elegidos por sufragio universal en votación directa. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos, y deberán residir en la región a lo menos los dos años anteriores a su elección. El año 2012 podremos, por primera vez, elegir a nuestros consejeros regionales.
Además la reforma establece:
El consejo regional tendrá un carácter normativo, resolutivo y fiscalizador dentro de lo que permita la Ley Orgánica Constitucional.
- Traspaso de competencias
El Gobierno Central tendrá la facultad de entregar a los Gobiernos Regionales atribuciones en materia de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural. - Aprobación de presupuestos locales
A diferencia de lo que ocurría hasta hoy, será el consejo regional de cada zona la entidad a cargo de aprobar su proyecto de asignación de fondos según la Ley de Presupuestos respectiva.
Presidenta promulga reforma constitucional sobre Gobierno y Administración Regional
Y es que hace tiempo existe amplio apoyo a este tipo de medidas de descentralización. Según la Encuesta Nacional Bicentenario, realizada por la Pontificia Universidad Católica y Adimark, un 72% de los consultados se muestra a favor de que las regiones elijan a sus propias autoridades políticas como, por ejemplo, a los intendentes. Y un 64% está de acuerdo en que las regiones puedan disponer de sus recursos con independencia y manejar su propio presupuesto.
Entonces está claro que el próximo paso es poder elegir a los intendentes que son la máxima autoridad en la región, y que sigue siendo un cargo de confianza del presidente de la República.
A pesar de que muchos celebramos este avance, otros sostienen que no hay que hacerse muchas expectativas. “Si bien la elección directa del Consejo puede potenciar los mecanismos de rendición de cuentas y la participación ciudadana, mientras no existan las competencias que permitan que los Consejos desarrollen sus funciones, esto quedará en una mera pretensión”, señalaron Bettina Horst y Manuel José Pau, de Libertad y Desarrollo, en una carta publicada en la prensa.
Y continúan: “Equivocadamente se señala que la reforma "establece un mecanismo en virtud del cual el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales competencias que ejercen los ministerios y servicios públicos". Esto es una verdad a medias. La reforma constitucional no establece ningún mecanismo, sino que se lo encarga a la ley. Por lo demás, no es distinto a lo que establece la legalidad vigente que permite al Presidente de la República delegar estas atribuciones. Ningún cambio entonces. Peor incluso, podríamos ver que se acrecienta el centralismo puesto que le da constitucionalmente una facultad, que antes no tenía, al Presidente”.
Y finalizan diciendo que “no existirá regionalización en Chile mientras que de cada 10 pesos que se invierten en una región sólo dos son de decisión regional, ya el resto se decide en forma central”.
Entonces, en definitiva ¿es un avance o no?








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