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Tribunal obliga a niño con leucemia a someterse a quimioterapia

Enviado por Carla Firmani el mié 15/04/2009 a las 16:23
Carla Firmani

pacienteEn la ciudad de Valdivia, una mujer, cuyo hijo de 11 años padece de leucemia, debía apelar el miércoles 15 de abril al Tribunal de Familia de esa ciudad que resolvió, a pesar de su oposición, que su hijo debe someterse a un tratamiento de quimioterapia. La mujer se queja de que ningún abogado quiere defenderla.

Esta es la historia

Ximena Noa, de Punta Arenas, se encuentra en Valdivia para tratar a su hijo Robinson de 11 años que tiene leucemia. La doctora tratante, según Ximena, no le dio esperanzas de que su hijo sobreviva al tratamiento. “La esperanza de vida es muy baja”, señaló la madre, pues el menor ya fue sometido a quimioterapia durante un año y medio, y en ese tiempo desarrolló alergias a algunos medicamentos. Además, tiene un cáncer testicular, producto de la misma leucemia.

El niño frente a la alternativa de volver a tratarse, le manifestó a su madre que no quería “entrar a pabellón”, que “quiere ser feliz hasta que Dios lo diga y volver a su casa en Punta Arenas”, pues no hay garantías de que se recupere y ya ha visto la pérdida de otros pacientes, "sus amigos", en el camino.

Frente a esta situación, su madre decidió apoyarlo, rechazar el tratamiento y buscar una opción en la medicina natural. Ante esta determinación, la médico tratante del Hospital Clínico Regional de Valdivia, Dra. Pilar Martínez, presentó ante el Tribunal de Familia una medida de protección y tras las audiencias, la justicia determinó que debe ingresar al recinto asistencial para iniciar el tratamiento. La medida de protección fue solicitada el 31 de marzo y en ella la Dra. Martínez indica que "el equipo médico considera que se debe dar la opción a este menor de tratarse, ya que las posibilidades de sobrevida son de alrededor de un 40 por ciento".

"Me siento bien, sólo quiero regresar y no quiero saber nada del hospital. Tampoco quiero que me separen de mi mamá, porque la necesito", dijo el niño, quien en la audiencia le dijo a la magistrada que "sólo deseo vivir lo que quede feliz y no en un hospital".

¿Puede un niño de 11 años decidir por tu destino? ¿Puede una madre apoyarlo en esta decisión? ¿Puede un tribunal obligar a un ser humando a someterse a un tratamiento como la quimioterapia? ¿Cuáles son los derechos del paciente?  

Existe un proyecto de ley que se tramita en el Congreso desde el año 2006 sobre los derechos y deberes de los pacientes que está en el Senado (ver artículo con los detalles).

Uno de los aspectos novedosos del proyecto es que reconoce expresamente a los adolescentes como sujetos con derechos específicos en la atención de salud. Aunque, por definición, para ellos rigen los mismos derechos sobre información y confidencialidad que al resto de los pacientes, el texto hace algunas precisiones especiales.

Así, los menores de catorce años deben ser informados por su médico sobre tratamientos y procedimientos, y siempre les deben preguntar su opinión, aunque en última instancia sean los padres los que decidirán sobre su salud. Para los que sean mayores de catorce y menores de dieciocho, el médico les debe informar directamente y también deben dar su consentimiento ante cualquier intervención a sus cuerpos (como cirugías o tratamientos invasivos). Además el joven debe aprobar que el médico informe de su estado de salud y pida opinión a los padres o representantes legales.

Hasta puede darse el caso de que el adolescente se oponga a recibir un tratamiento o que los padres sepan de su condición. Si eso ocurre, el médico deberá acudir al comité de ética, que deberá resolver qué opinión prima: si la del paciente o la de sus padres.

Lamentablemente esta iniciativa legal no ha superado el segundo trámite legislativo.  

Otros casos en el mundo

  • En Gran Bretaña una joven de 13 años que padece una enfermedad terminal y que es apoyada por sus padres ganó una larga batalla con la justicia de su país, donde solicitó no tener que someterse a una operación cardíaca, en un caso que generó mucha polémica.

El Hospital de Herefordshire en Inglaterra decidió retirar a último momento su demanda ante la Corte Suprema de Londres, luego de que una asistente social reconoció que Hannah Jones no quería someterse a una operación de corazón debido al riesgo de que no fuera efectivo y, en caso que lo fuera, por la necesidad de recibir medicación de forma constante.

La joven, que de niña batalló contra la leucemia, afirmó que quiere morir "con dignidad" (ver noticia).

  • En Italia hace poco se habló mucho del caso de Eluana Englaro, una mujer de 38 años que quedó en estado vegetativo después de un accidente automovilístico en 1992. Poco antes del accidente, Eluana había visitado a una amiga en coma, y había expresado a su padre su firme voluntad de no ser mantenida nunca viva artificialmente en caso que algo similar le pasara alguna vez.

Mientras cuidaba a Eluana todos estos años, su padre, empezó una batalla ante la corte que duró una década para cumplir los deseos de su hija y permitirle morir, a pesar que la ley italiana no reconoce los testamentos en vida. La disputa legal a la larga llegó a la más alta corte de Italia y la corte de la Unión Europea en Estrasburgo, y las resoluciones apoyaron el pedido de Eluana de morir (ver noticia).

En lo personal creo que los avances médicos si bien han ayudado a curar a mucha gente, también han vuelto un poco “siniestra” la medicina, pues es tanto el empeño por aplicar fármacos y nueva tecnología que se terminan olvidando de los individuos. Al final, sí o sí todos vamos a morir, y creo que la forma en que pasemos nuestros últimos días es una decisión personal.

Aunque sé que la situación médica no es comparable, me tocó vivir la experiencia de un familiar muy cercano que fue diagnosticado de cáncer a las vías biliares. Los médicos nos daban un pronóstico de 3 meses a 6 años de vida con quimioterapia. En ese momento jamás dudé de que había que hacer el tratamiento y apoyé y transmití todas mis fuerzas y energías para que esto se hiciera. Pasaron 6 meses y ella falleció, absolutamente devastada tras las quimios, muy mal físicamente y muy débil… en vez de haber pasado sus últimos 6 meses con su familia y en paz, los pasó en una cama de hospital en otra ciudad. Si pudiera volver el tiempo atrás, y con el mismo diagnóstico, jamás habría insistido como lo hice y habría apoyado la decisión de querer morir sin tanto sufrimiento. Creo es que un derecho.

Breve comentario

Enviado por el 18/05/2009 a las 21:13
Pablo Llanquilef Durán

En este tipo de cuestiones es de suma importancia el como entiende la magistratura el ejercicio de las garantías constitucionales que declaran derechos fundamentales, ya que cada vez con más recurrencia, nuestros tribunales y en especial la excelentsima Corte Suprema, a ido flexibilizando hasta la deformación de su espíritu, el ejercicio y protección de los derechos garantizados por la acción de protección (art. 20 CPR)

Y es que es necesario dejar en claro que si bien los derechos fundamentales garantizados constitucionalmente son irrenunciables, su ejercicio -como el de cualquier derecho- está sujeto a su vez a la libertad de que goza cada individuo. Es decir, el Derecho garantiza, o asegura los derechos fundamentales cuando estos (o los mecanismos de protección de ellos) son ejercitados libre y espontáneamente por sus titulares, y en dicho ejercicio, son "amenazados, perturbados o privados" en las condiciones que establece el artículo 20 de la Carta Fundamental.

Por tanto el que asegure la Constitución derecho a la vida, a la igualdad, a la propiedad, etc (....), no constituye en manera alguna un deber, una obligación a su ejercicio.

Tanto es así, que el solo hecho de declarar y garantizar positivamente derechos, tiene siempre como presupuesto, que su ejercicio (y el de mecanismos de protección) se realiza en un marco primitivo de libertad (por ello la Constitución parte en el art. 1 declarando la libertad inherente a cada persona, poniéndolo como un presupuesto para la aplicación e interpretación del resto de los preceptos constitucionales), la cual en este tipo de situaciones es abiertamente atropellada e ignorada, en favor del cumplimiento de idearios y concepciones valoricas ajenas que no deberian obligar en manera alguna, partiendo del supuesto que el ejercicio de esta libertad es licito e incluso, moral y racionalmente justificable (quien decide no ejercer su derecho a la vida, y anteponer su libertad de determinación, sin causar perjuicio a otros).

Finalmente y en concreto respecto de la acció de protección, parece excesivamente entendida la legitimación activa del mecanismo, en cuanto manifiesta el precepto nº20 que "podrá ocurrir por si o por cualquiera a su nombre". Y es que parece lógico que el texto no diga que debe ejercerse siempre con el debido consentimiento del titular del derecho, lo que exime la posibilidad de aplicar  la acción, en contra de la voluntad del titular; pues es obvio que ello implicaría contravenir el caracter personalísimo de estos derechos, y a su vez vulnerar el derecho de propiedad que cada persona tiene sobre las garantías que le otorga la constitución (derechos), por el cual dichos derechos garantizados pueden ser sólo utilizado por sus propietarios (personalmente o representados pero siempre con respeto de su voluntad). Lamentablemente esto no ha sido acogido de buena manera en la jurisprudencia.


Así terminó la historia

Enviado por el 18/05/2009 a las 11:34
Carla Firmani

Finalmente, la Corte de Apelaciones de Valdivia revocó la medida de protección presentada por la doctora del Hospital. Esta es la nota de prensa con la información:

El Mercurio. Sábado 16 de mayo de 2009.

Corte obliga a ofrecerle alternativas de tratamiento:
Hospital de Valdivia no apelará fallo en caso de niño con cáncer

Madre rechaza quimioterapia y prefiere la medicina naturista.

VALDIVIA.- El director del Hospital de Valdivia, Patricio Rosas, no apelará la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, que revocó la medida de protección presentada por la oncomatóloga del recinto, Pilar Martínez, para obligar a que Robynson Gómez Noa (11) se someta a quimioterapia y tratamiento farmacológico por un cáncer.

La madre del menor, Ximena Noa, se niega a llevar al pequeño al hospital tras aducir maltratos, y prefiere recurrir a métodos alternativos naturistas de curación.

Rosas sostuvo que desde un principio se tuvo en cuenta la validez de la opinión de la madre para buscar ayuda en la medicina alternativa para evitar la radiación. "Ambas partes tenían un poco de razón. La Corte en este caso dictó un fallo que para la madurez del país es bastante potente en cuanto a valorar el derecho de las personas a decidir sobre su salud", sostuvo Rosas.

De acuerdo con el dictamen del tribunal, el hospital deberá presentar formalmente las opciones de tratamiento que ofrece la medicina tradicional dado el estado de salud del menor, quien presenta una infiltración leucémica en un testículo, que debiera ser extirpado, mientras que el otro recibiría radiación.

Según el fallo de la Corte, tras conocer dichas posibilidades, "la madre deberá decidir en conciencia".

El menor ya inició un tratamiento médico-naturista, que podría ser el que su madre elija definitivamente. Desde hace tres semanas, previa revisión en la clínica Villa de Vida Natural, Robynson está siendo tratado por el neurólogo Pedro Silva a través de "inmunoterapia". El método consiste en estimular el sistema inmunológico para que produzca las defensas que logren sobreponerse a la afección.

El tratamiento, incluso, le permitirá a Robynson regresar a Punta Arenas, lugar donde reside junto a su madre y una hermana mayor (14). "Estoy muy contenta, aunque aún me quedan muchos trámites. De todas formas espero poder volver pronto, aunque ahora el niño no se quiere ir, porque hizo muy buenos amigos acá", admitió Ximena.
  


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