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Propaganda electoral. ¿Un ejemplo de ley que no se cumple?

Enviado por Patricia Reyes el sáb 06/09/2008 a las 23:48
Patricia Reyes

Estoy segura que cada uno de ustedes ha observado y/o experimentado en los últimos días el profuso surgimiento, casi invasivo, en los espacios públicos de avisos, carteles, volantes con clara referencia a los candidatos que optan a los cargos de alcalde y concejal que deberán ser votados el próximo domingo 26 de octubre.

Si revisamos la ley 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, vigente en esta materia, vemos que establece que la propaganda electoral mediante volantes, con elementos móviles o por avisos luminosos o proyectados, sólo podrá efectuarse desde el trigésimo y hasta el tercer día anterior al de la elección o plebiscito, ambos días inclusive. De acuerdo con el cronograma electoral 2008, publicado por el Servicio Electoral, y que refiere a estas elecciones, el inicio sería el día 26 de septiembre. Nos preguntamos entonces qué ocurre con esta ley.

Algunos ven el resquicio legal que permite que la norma no se cumpla, en la propia definición de propaganda electoral establecida por la ley. El artículo 30 señala que "se entenderá por propaganda electoral la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por candidatos determinados o a apoyar alguna de las proposiciones sometidas a plebiscito". Por tanto, según la interpretación, mientrás no haya un llamado directo a votar por parte del candidato no se trataría más que de "recordatorios de nombres" o actos para demostrarnos su "presencia" ¿en la elección?.

A mi juicio, es una clara contravención a la ley, por tanto un ejemplo patente de leyes que no se cumplen en Chile. Sería interesante por tanto su evaluación.

Pueden ver más sobre este tema en Tecnopolítico.

 

Sitios que enlazan este artículo:

Insisto

Enviado por el 26/10/2008 a las 12:18
Patricia Reyes

A punto de finalizar este proceso eleccionario de alcaldes y concejales insisto que la ley sobre propaganda electoral debe ser evaluada, pues  evidentemente sus disposiciones no se cumplen.  Hasta hoy vemos propaganda en calles siendo que debió ser retirada a la medianoche del jueves pasado.  Claramente las multas establecidas por la ley como sanción, no son suficientes para compeler a su retiro.


Política Light

Enviado por el 29/10/2008 a las 14:05
Rodrigo Tapia Figueroa

Concuerdo con el comentario, pero estimo que el tema va más allá del cuidado del entorno u ornato de las comunas.

La propaganda electoral debe ser revisada ya que su formato (me refiero a la forma en que los candidatos hacen campaña), y especialmente, el abuso de éste por parte de los elegibles según se ha venido advirtiendo en este espacio, facilita el desarrollo de la "política light" .

Ejemplo de la política light es el ex candidato a Presidente de la República Joaquín Lavín. A decir del profesor Pablo Ruiz Tagle "Su campaña no quiere dedicar tiempo a debatir ideas políticas o económicas. Lavín ha dicho que esas abstracciones no le importan a la gente que sólo se interesa en cosas concretas. Lo que se ve en la televisión o los productos del marketing, eso es lo concreto. Por eso su campaña no está guiada por un programa y aparece como un conjunto de respuestas oportunistas a los problemas del día. Por eso, la forma característica que tiene Lavín de contacto con el pueblo consiste en mimetizarse como el Zelig de Woody Allen con el mismo elector. Disfrazarse de indio, sacarse fotos polaroid, otear las nubes por si llueve y después como en un círculo vicioso mirar la tele y esperar las encuestas. Este estilo light se torna confundible con los estilos de Fujimori. Como decía un ciudadano británico: Governing by headlines. La versión británica de la política light." (Diario Metropolitano, 12.08.1999)

Recientemente fuimos testigos de la entrega de bienes a los electores por parte del candidato de Renovación Nacional Luis Plaza en la comuna de Cerro Navia.

Sea que se estime que constituye una forma de cohecho o que es una mera rifa (Sebastián Piñera señaló "Algunos candidatos decidieron rifar al cierre de su campaña entre sus adherentes, sus simpatizantes, sus equipos de trabajo, y me parece muy bien. Ese es un gasto dentro de la ley, porque es parte del gasto de campaña") el tema preocupa porque cada vez más las campañas carecen de contendido sustantivo y real, esto último por cuanto basta observar las acciones que prometen emprender los candidatos, cual de todas más alejadas de sus competencias o funciones legales.

Creo que esta materia debe ser analizada a la luz de factores socioeconómicos. Al respecto existe un interesante trabajo de David Altman (Redibujando el mapa electoral chileno: incidencia de factores socioeconómicos y género en las urnas, Revista de Ciencia Política, v. 24 nº 2, 2004) en donde concluye  que la Concertación obtiene mejores resultados en las comunas de mayores índices de desarrollo humano y la Alianza en comunas con niveles más bajos de desarrollo humano.

Altman explica que para la teoría de los modelos de estatus socioeconómicos los individuos con más recursos económicos y sociales se interiorizan más en el ámbito de lo público, participan más en los procesos electorales y, en consecuencia, son el núcleo duro de la política contemporánea. Contrariamente, los más débiles en recursos socioeconómicos presentan índices más altos de desafección.

Estimo que si queremos invertir o a lo menos morigerar este planteamiento, resulta forzoso evaluar la propaganda electoral en forma integral, ya que de lo contrario las personas con mayores carencias socioeconómicas continuarán siendo presa fácil de los cultores de la política light.

 

 

 

 

 

 

 

 


Más incumplimiento

Enviado por el 01/10/2008 a las 19:04
Patricia Reyes

Abierto el plazo legal para la propaganda electoral vemos como abunda la infracción abierta a la ley que la regula.  De acuerdo con el artículo 32  "No podrá realizarse propaganda electoral con pintura, carteles y afiches adheridos en los muros exteriores y cierros, sean éstos públicos o privados, salvo que en este último caso, medie autorización del propietario, poseedor o mero tenedor; como asimismo en los componentes y equipamiento urbanos, tales como calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, escaños, semáforos y quioscos. Tampoco podrá realizarse propaganda mediante elementos que cuelguen sobre la calzada o que se adhieran de cualquier modo al tendido eléctrico, telefónico, de televisión u otros de similar naturaleza”.

En mi experiencia, casi toda la propaganda callejera está en contradicción con esta norma.

Uno de los problemas es que la ley entrega a las propias municipalidades el deber de retirar u ordenar el retiro de toda la propaganda electoral que se realice con infracción a la norma. 

En el caso de algunos municipios el propio candidato alcalde o concejal debe retirar su propaganda ¿iluso no?

 


Carabineros y propaganda electoral

Enviado por el 01/10/2008 a las 21:18
Rodrigo Tapia Figueroa

La Ley 18.700 en su art 35 señala que Carabineros fiscalizará el cumplimiento de las disposiciones de los artículos 30 y 32 , salvo en lo referente a la prensa, radio y televisión, y procederá de oficio o a petición de cualquier persona, a retirar o suprimir los elementos de propaganda que contravengan esas disposiciones, dando cuenta de lo actuado de inmediato al Juez de Policía Local competente, según el artículo 144 de esta ley.

 El deber de Carabineros es claro, a tal punto que  la I. Corte de Apelaciones de Santiago ha resuelto que "Para actuar carabineros no requiere de una orden previa de la autoridad judicial como tampoco de la Intendencia ....., sino que una vez que han intervenido deben dar cuenta de lo actuado al Juzgado de Policía Local" (Fallo que cito en el post "Propaganda electoral quebrantando la ley")

Es lo que aconteció al candidato a concejal por Viña del Mar, Pablo Mecklenburg, quien denunció la detención de sus brigadistas: "Un grupo de mis brigadistas decidió colocar propaganda a plena luz del día, sin nada que esconder, y se los llevan detenidos por Carabineros... Además, les requisaron la propaganda" (El Mercurio de Valparaíso, 30.09.2008, pág. 13) 

Comprendo la indignación del elegible (puesto que sus contrincantes han colmado la ciudad de propaganda, al parecer, impunemente) pero recuerdo la respuesta de mi profesora de derecho civil ante una situación de injusticia que le comenté en los primeros años de la carrera "El Derecho no es para los torpes"


Eso indica...

Enviado por el 28/09/2008 a las 13:05
Ignacio Jaramillo

...que nuestros/as candidatos/as tienen un nivel de pensamiento concreto y no abstracto como debería tener alguien ocupa un cargo como al que postulan, ya que no son capaces de diferenciar los niveles denotativos y connotativos de la comunicación.

Saludos

 

 


Necesitamos un cambio

Enviado por el 11/09/2008 a las 0:06
Pablo Llanquilef Durán
Es evidente el resquicio (intencional o no por parte del legislador) a que da lugar el tenor del precepto. La desgracia es que inevitablemente cualquier arreglo para sanear dicha situación o intentar establecer medidas tendientes a cumplir con el objetivo de este plazo para la propaganda, estará a merced de los intereses políticos que muchas veces pretenden pasar por sobre la regulación jurídica con tal de hacerse con el poder.

¿Resquicio?

Enviado por el 10/09/2008 a las 16:00
Harry Haller

¡Qué inocencia! A propósito de eso, recuerdo cuando comentaba la ley Nº19.300 con mi experiementado profesor de tesis al afecto y le hablaba del "resquicio" que yo notaba en el art. 54 de dicha ley, respecto de la titularidad de la acción ambiental (el que dice en lo pertinente "Deducida demanda por alguno de los titulares señalados, no podrán interponerla los restantes...") y él me miraba con extrañeza diciéndome: "¿Resquicio? No hombre, ahí no hay resquicio, ahí hay intencionalidad pura". A buen entendedor pocas palabras.


RAE

Enviado por el 10/09/2008 a las 19:57
Patricia Reyes

Néstor, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (RAE), resquicio en una de sus acepciones, que es la que entiendo utilizamos en el ámbito legal, refiere a  "coyuntura u ocasión que se proporciona para un fin", lo que a mi entender no colisiona con la intencionalidad.



Insisto ¿resquicio?

Enviado por el 11/09/2008 a las 15:18
Harry Haller

Resquicio debe entenderse en su sentido natural y obvio y no en la tercera voz que usa la RAE para aquél. Si bien las dos primeras voces no parecen relacionarse con la ciencia jurídica, si las adecuamos a ésta, nos dará como sinónimo del término en comento, una suerte de vacío que existe en la ley sin la intención de que éste exista. Es algo casi "natural".

Me es difícil creer, no sé si a  usted, que un cuerpo colegiado como lo es el Senado y la Cámara de Diputados en sus sesiones y comisiones, no sean capaces de advertir estos "resquicios", más aún con los intereses políticos y económicos que hay de por medio, tanto en la ley que usted comenta, como en la ley Nº 19.300 o en la misma Ley del Consumidor (respecto al abúlico derecho de retracto).

Auténticos resquicios (y, además, fallas infantiles) habían en la ley Nº 19.932 sobre "ventas en verde", donde, al parecer, no se consultó ni siquiera a un alumno de derecho para llevar a iniciativa la misma, pero ese ya es otro tema.

 

 


TV abierta también infringe la ley

Enviado por el 10/09/2008 a las 11:17
Javier Antonio Vargas

No sólo en las calles a través de panfletos y rayados se incumple la ley, basta ver un par de programas de televisión de los principales canales abiertos del país, Canal 13 a través de "Replica" y TVN con "Vía Pública", para observar cómo los mismos canales quebrantan la ley dando minutos a candidatos a alcaldes y concejales para promover sus campañas, incitando abiertamente al público a votar por ellos.

 

 


Quizás el tema...

Enviado por el 10/09/2008 a las 21:55
David D.

Quizás el tema de las apariciones en TV pueda ser un poquito más flexible, ya que no constituye publicidad invasiva, la cual creo que en estos meses se apodera de la ciudad, como podemos apreciar, tan sólo dando unas vueltas por nuestra comuna.

No creo que se necesite hacer una modifiación a la ley, ya que este tema sólo entra en un aspecto de conciencia. Si los políticos no son capaces, o no quieren derechamente entender que la ley te dice X cosa, y se hacen los pillos creyendo que sus artimañas para poder generar propaganda pasa desapercibida, entonces hay que encararles el hecho de que están tratando de subestimar al ciudadano común y corriente. Creo que nos están haciendo hacer pasar por incultos e ignorantes, que no desconocemos las normas y que ellos no la pueden respetar, haciendo uso de una sacada de pillos famosa: "es que esa propaganda no induce a votar" "estoy solamente diciendo que estoy presente con ese afiche".

Es una lástima que se incurra en cosas así.


Gracias por el link a ...

Enviado por el 09/09/2008 a las 16:22
David D.

Gracias por el link a mi blog, Patricia.

Evidentemente la ley no debe ser explícita para definir qué diablos es propaganda electoral y qué no. Sabemos muy bien por qué motivos un candidato anda pintando muros con su nombre, o pega afiches en ciertos lugares, y justamente no es para marcar presencia, sino para buscar una manera de inducir el voto, que cae de cuajo en la legislación existente.

A mí la verdad me molesta bastante, ya que el municipio no se hace cargo en la mayoría de los casos de alguna propaganda que queda, por ejemplo, en algunos muros, quedando por años, y el candidato, gane o pierda, tampoco.

Si nos dan el ejemplo de esta manera, entonces diré que si los políticos no respetan la ley, yo tampoco tengo por qué.

Saludos!

 


Interesante lo señalado

Enviado por el 07/09/2008 a las 3:39
Jaime Rojas C.

Interesante lo señalado por Patricia, pero todos los candidatos que postulan para las elecciones municipales de octubre, intentan poner en "conocimiento" del electorado su nombre, aunque no están llamando a votar por ellos, cumpliendo de este modo con la Ley 18.700. A las 00:00 del día 26 de septiembre no sólo se indicará, como ahora, al cargo al que postulan, sino que también un llamado a elegir determinada opción. Pienso que el problema no está en que si se hace publicidad o no antes de la fecha estipulada para ello, pues aparentemente, lo que hacen los candidatos es indicar que postulan a un determinado cargo, sino en la danza de millones que gastan los bloques más poderosos contra los cuales no se puede competir. Esto es más preocupante, pues son muchos los candidatos que no cuentan con los medios económicos para cubrir tales gastos. Pienso que hay medidas que nunca se van a tomar, como por ejemplo, aplicar una multa grave para quienes contravienen las disposiciones de la ley, pues es sabido que los comandos consideran un ítem para cancelar las multas que se les aplican, cosa que no pueden hacer los candidatos con menos recursos, obviamente. Si el legislador no tiene voluntad de evitar estas desventajas de nada sirve establecer plazos, salvo para este pequeño subterfugio de hacer campaña sin hacerla. Por otro lado, hay toda una industria que obtiene jugosas ganancias en este período y en estos tiempos difíciles, no está demás un puesto de trabajo.


Pero existe perfectamente la inteligencia ...

Enviado por el 28/09/2008 a las 13:46
David D.

Pero existe perfectamente la inteligencia para resolver el tema del dinero de manera más práctica. El tema de la propaganda es tan vago como para señalar que un candidato va a ganar sólo por el hecho de tener más "palomas" colocadas en la calle y muros pintados, y aún así hay un pequeño vacío en el estudio de estos fenómenos (desde la ciencia política, claro).

Quizás sería mejor que los candidatos con menos recursos apostaran a quedar en la memoria de la gente de otra manera más directa que con un simple intento por que la gente tenga "conocimiento" de que ellos están presentes para la elección. Cabildos abiertos y juntas ciudadanas consideran un menor gasto a, quizás, mejores beneficios.

Y con respecto a lo primero, la ley es totalmente interpretativa. Si se comenzara a detallar qué es propaganda y qué no, creo que se haría la lista muy larga. Los candidatos apuestan por "estar presentes", pero aquello es una clara inducción al voto. En mi blog (el cual linkeó Patricia) estuve haciendo varios artículos al respecto, y ahora voy a culminar con una encuesta que realicé a más de 50 personas (poco, pero es algo), donde se ve claramente que por principios básicos de "acostumbramiento" y "asociación", las personas reconocen que es propaganda electoral. Y si a eso le sumamos la ley, ¿Quién tiene la razón?

Saludos


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