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Bibliotecas y Derechos de Autor

Enviado por Patricia Reyes el lun 18/08/2008 a las 15:42
Patricia Reyes

library.jpgEntendiendo que las Bibliotecas tienen por finalidad proporcionar y facilitar el acceso al conocimiento  y generar un entorno que incite a los individuos y grupos sociales a crear, producir y difundir las expresiones culturales; y que por su parte el Derecho de Autor está dirigido a otorgar incentivos a la creación y regular una forma de difusión justa de las obras, en mi opinión debe existir entre ambas una relación de cooperación que armonice una verdadera garantía de acceso a los bienes culturales y un impulso efectivo a la promoción de la creación.

En términos del Convenio de Berna y del Convenio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), una relación que mantenga el “equilibrio entre los derechos de los autores y los intereses del público en general, en particular en la educación, la investigación y el acceso a la información”.

Bajo esta premisa, la actual Ley de Propiedad Intelectual  debe ser modificada, pues convierte en prácticas ilegales la mayoría de las actividades aceptadas internacionalmente, tanto de naturaleza académica, cultural y de investigación.  

Es por lo anterior, que se ha propuesto para el proyecto de ley modificatorio, actualmente en tramitación, dos modificaciones concretas que buscan este objetivo.  

1. Ampliar el régimen de excepciones y limitaciones para Bibliotecas y Archivos.

2. Extender el ámbito de obras de Dominio Público o Patrimonio Cultural Común.

 

Respecto de ambos temas prometo continuar escribiendo a la brevedad.

 

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