Revisando el blog hace unos días, me encontré con un artículo que se refería a la portabilidad
de números telefónicos móviles (PNM). Me pareció sumamente interesante porque
es un tema que nos concierne a un gran porcentaje de la población del país que
es usuaria de dicho medio de comunicación,
y que ante una pérdida del celular o algún deseo de cambiarse la compañía, mantuviéramos el número telefónico. Ahora, me llamó más la atención el por qué una tan buena
idea que fue propuesta hace ya dos años en el boletín 4802,
de10 de agosto de 2006, que aun no
ha visto la luz.
Y bueno, esto fue
lo que encontré:
La moción parlamentaria respecto a
este tema se planta con el objeto de introducir ciertas modificaciones a la ley N° 18.168 General de
Telecomunicaciones y a la ley N° 19.496 sobre Protección al Consumidor con el
objeto preciso de introducir a nuestra legislación el sistema de portabilidad
del número telefónico, la cual
consiste en la
habilidad que poseen los usuarios finales,
para retener sus números telefónicos,
cuando cambian de proveedor de red. El fundamento de la moción, que es sumamente interesante,
se puede apreciar en el boletín.
Este proyecto de ley fue
remitido a la Subtel, la cual encargó a una empresa consultora un
informe al respecto con el objeto de obtener un estudio
relativo a los
"Costos y Beneficios de la Implementación de las Alternativas Tecnológicas
de la Portabilidad
de la Numeración
del Servicio Público de Telefonía Móvil en Chile". Este fue concluido en
agosto de 2007.
Las conclusiones y recomendaciones
del estudio parecen ser muy interesantes,
pues lo que se nos presenta como una gran idea,
parecería que no tiene los efectos que todos esperamos. Y esto se debe a una
serie de factores que se detallan en dichos informes. Ahora, lo que interesa discutir dice relación con lo
siguiente: nadie duda de que mantener un número de teléfono es un beneficio
personal enorme ya que implica un claro reconocimiento y protección de derechos
sobre datos personales, pues permite
mantener una red de contactos estable,
lo que trae beneficios tanto sociales como económicos (en especial aquellos
cuya principal herramienta de trabajo es la comunicación por celular; vgr. los
famosos maestros chasquillas). Por lo demás,
la portabilidad implica eliminar una barrera de entrada al mercado de la telefonía
celular, en cuanto los clientes no
estarían de cierto modo, atados a
una compañía (aunque sólo el 23,1%
de los usuarios encuestados en el estudio afirman no querer cambiarse por la
pérdida del número). Y, seguidamente, permite aumentar la competencia entre los
operarios de servicios de telefonía móvil. Estos dos últimos aspectos
conllevarían consigo una baja en los precios por el servicio.
Pero por otro lado, el costo de implementar la PNM en Chile, en los escenarios considerados en el estudio presentado, resultan negativos. Es decir,
los costos dados por la complejidad de este sistema tendrán que traspasarse a
los mismos usuarios, deseen o no
cambiarse, viéndose incluso mucho
más afectados, aquellos usuarios del
sistema de tarjetas de prepago que,
según los datos estadísticos, tienen
un menor ingreso y representan el 80% del mercado. Además,
se señala, que pueden existir otros
costos que no son susceptibles de evaluar,
los cuales también tendrán que ser asumidos por los particulares. Se concluye
también en el informe que, entre el
costo que tendrán que asumir éstos,
y las bajas de precios por la competencia,
de todas formas el beneficio para los primeros es negativo. Más interesante aun
resulta saber que el aumento en la competencia,
implicaría una mejor oferta de las empresas en cuanto a sus servicios, por lo que los usuarios estarían menos dispuestos
a cambiarse de compañía, lo cual
implica que, este sistema de
portabilidad sería poco utilizado.
Estamos
entonces ante una disyuntiva. En caso de tramitarse y aprobarse el proyecto de
ley,
claramente será un avance respecto a dos cosas fundamentales en nuestro sistema
jurídico: un claro reconocimiento y protección de derechos sobre datos
personales,
y un fomento a la libre competencia. Pero por otro lado, ¿estamos dispuestos a pagar más
por un servicio que,
según las encuestas,
un bajo porcentaje de los usuarios estaría interesado en utilizar, y que afectaría en especial a
aquellos que son de más bajos recursos? Probablemente, con estas cuestiones se haya
encontrado el legislador al momento de discutir sobre este tema. No es algo
fácil,
se deben ponderar muchas aristas de suma relevancia. Por lo mismo, requiere una discusión amplia y
responsable.
Ahora, yo
personalmente,
prefiero que se adopte el sistema PNM puesto que uno nunca sabe ni cuándo ni
por qué vamos a tener que cambiar de compañía y,
por ende,
nuestro número. Además que es probable que algún día,
el frío mercado encuentre un punto de equilibrio justo. Por lo demás, tener
que estar con dos celulares a mano (y de distintas compañías) no es lo más
cómodo… y ojo que conozco varios casos.
Alejandro
Leí tu comentario y solo ahí, me percate que yo inmediatamente me puse en el supuesto de que "nosotros " los usuarios "debemos" pagar por el cambio.
En mi caso he interiorizado el sistema en mí, ni siquiera me cuestione si realmente el costo debia pagarlo yo; y creo que en eso tienes razón. Es decir donde queda la INVERSIÓN y el riesgo propio de la actividad comercial para las empresas de la telefonía.
Bueno todo claramente gira en torno a que el tema de la portabilidad de los números telefonicos, es un beneficio para el consumidor, y como la ley aún no los obliga a nada... porque gastar ellos, si se le puede cobrar al cliente.
!Ojala el legislador no caiga en mi conducta!