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Próximos cambios a la Ley de Tribunales de Familia

Enviado por Karem Orrego Olmedo el mié 30/07/2008 a las 9:45
Karem Orrego Olmedo

tribunalesActualmente se encuentra en su proceso culmine dentro de la tramitación legislativa un proyecto de ley que establece modificaciones sustanciales a la ley N° 19.968 que regula los Tribunales de Familia.

Este proyecto viene en parte a solucionar algunas de las deficiencias que ha mostrado la aplicación de la ley. Especialmente pretende descongestionar el sistema, que como sabemos, se encuentra colapsado.

Algunas de las medidas que se toman en esta dirección son establecer un aumento de jueces y funcionarios, y fortalecer la mediación, dándole una regulación detallada como medio eficiente de solución de los conflictos. Sin embargo, me quisiera detener en una medida que me parece particularmente importante para el buen funcionamiento de los tribunales: la necesidad de comparecer con abogado habilitado en juicio.

Cuando se dictó la ley una de las novedades que más llamó la atención fue que se establecía la posibilidad de recurrir personalmente ante dichos tribunales, sin necesidad de abogado. Esto parecía ideal, se acercaba el juez al ciudadano, sin embargo, quienes conocimos desde dentro cómo funcionaba en la práctica esta comparecencia personal hemos podido ver cuán importante es la labor del abogado en audiencia, ya que los jueces necesitan tener peticiones concretas exentas de la emotividad que conlleva ser el protagonista de un conflicto relacionado con temas tan complejos como son los de familia. Además, se establece la posibilidad de que los procuradores habilitados puedan concurrir en representación de una de las partes, lo que actualmente no era posible (salvo estudiantes en práctica).

Otra de las novedades en la materia es que al fin se permite que ambas partes de una causa puedan ser representadas por la misma Corporación de Asistencia Judicial. Esto a la luz de la norma actual no es posible y genera caos, ya que normalmente la otra parte no podía contratar a un abogado particular y era necesario ubicar al abogado de turno, que normalmente estaba lleno de solicitudes que era imposible resolver del todo, o bien algún consultorio universitario. Esto generaba que las dos primeras audiencias sólo sirvieran para oficiar a dichos consultorios para que la siguiente audiencia que se fijaba para 1 ó 2 meses después se llevara abogado. Es decir, el sistema seguía tan o más congestionado de causas y el asunto no se resolvía. En fin, me parece una muy buena iniciativa para ir mejorando el sistema, digna de destacar.

 

 

 

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