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Divorcio ante notario: ¿por qué no?

Enviado por francisco javier sanz salguero el vie 25/07/2008 a las 9:32
francisco javier sanz salguero

notario¿Cual es el temor, de establecer el divorcio ante notario?.

Si después de 120 años, Chile tiene una nueva ley que admite el divorcio vincular – ley que, no obstante, permite dicho trámite solamente ante autoridad judicial, con todas las demoras que ello acarrea -, ¿por que entonces, no establecer un procedimiento de divorcio ante notario público, que genere los mismos efectos que el decretado judicialmente?

Es evidente que por respeto a la institución familiar, no se puede aceptar el divorcio como un simple producto de supermercado. Sin embargo, si fallan todos los mecanismos tendientes a propiciar la conciliación entre la pareja, y ya es imposible recuperar la armonía familiar, entonces la resolución del conflicto debe orientarse hacia el trámite del divorcio ante una autoridad más expedita, en lo posible por la vía del mutuo acuerdo, en beneficio de la pareja y los hijos comunes.

Un trámite notarial, además de los evidentes beneficios de fondo, genera notorias ventajas de forma: rapidez en la gestión y bajos costos. Lo anterior, acompañado con el menor trauma que implica, para los hijos menores de edad, el desarrollo del procedimiento. Vale la pena que el legislador chileno de manera objetiva estudie esta posibilidad.

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